21.10.08

El Caso Magaly Medina Continua.

Y, la discusión sobre el caso Magaly Medina continua. Hoy se expresan sobre el tema muchos en el país y fuera de él.

El domingo en Prensa Libre escuchamos un comentario muy sensato de la Sra. Sol Carreño, a quién hemos criticado en varias ocasiones. Como dijo la Sra. Carreño, aunque se pueda deslindar de la sentencia a la Medina, las leyes en en el Perú catalogan la difamación como un delito castigado con prisión. Entonces, aunque querramos que se cambien las leyes, debemos respetar las que están en vigencia. Desde ese punto de vista, las declaraciones de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) sobre su "marcada preocupación [por] el grado de intolerancia y excesos que se cometen en contra de la libertad de prensa y del derecho del público a la información," aunque cantada, es sumamente inapropiada en este caso puntual. Primero, porque no contempla la separación de los poderes del estado en nuestro país; y segundo, porque no considera la supuesta falta de la periodista. La SIP debe saber que no se puede ir como Pedro gritando "lobo" por todas partes.

La correcta declaración de la Sra. Carreño también la pone en contraposición con el Congresista y afamado jurista, Sr. Javier Valle Riestra [APRA]. El Sr. Valle Riestra se expresó en contra del castigo impuesto a la Medina, conforme con su propuesta de despenalizar la difamación.

El problema con la presentación de Valle Riestra y otros que se han atacado la sentencia alegando una amenaza contra la libertad de expresión, es que confunden la opinión con la afirmación de un hecho. La opinión es por definición sujetiva, y está protegida por ley. Dificilmente podría castigarsele a la Sra. Medina si hubiese opinado que el Sr. Paolo Guerrero, o cualquier otro miembro de la selección, es "un mal futbolista" o algo similar. Pero, en este caso, la conductora afirmó que el Sr. Guerrero había escapado de la concentración de la selección de fútbol, presentando como prueba las fotografías publicadas en su revista. Era menester entonces cerciorarse de la veracidad de la información antes de publicarla.

Mal hizo Valle Riestra citando el caso del ex-Primer Ministro israelí, Ariel Sharon, contra Time Magazine. Primero, porque el citado caso corresponde a la sentencia de un tribunal de primera instancia, y por lo tanto no representaba precedente alguno en los tribunales americanos o internacionales. Quien conozca algo de la justicia norteamericana sabrá que la sentencia en ese caso podría haber sido totalmente opuesta ante otro jurado. De ahí que esos casos no representen jurisprudencia alguna, a diferencia de las sentencias de los tribunales apelatorios. Segundo, las leyes americanas contemplan la negligencia en la publicación de la declaración difamatoria. Es decir, la ley norteamericana considera si el declarante cumplió con su deber de corroborar la información. Difícil es pues comparar el método editorial de la revista Time con el método que podría haber utilizado la conocida "Urraca."

Hay que recalcar también las declaraciones del Sr. Valle Riestra, que consideró que llevar a la rea esposada fue una "desmesura." Las exageraciones dialécticas del Sr. Valle Riestra son sorpresa ya para pocos tras su larga carrera. Pero hemos escuchado similares afirmaciones de muchas voces. Lo cierto es que la policía no puede, ni debe, diferenciar en el trato de los presos, excepto para garantizar la seguridad pública. Pero, transportar esposados a los presos - sin importar el crimen del que se le acuse - es práctica policial común en todas partes del mundo. Se lo hace para garantizar el control policial sobre del detenido, pero también para la seguridad del preso mismo. Declaraciones en contra de esta práctica son demagogia barata que suenan más triste en boca de personajes con tanta experiencia en el derecho.

* * *

Por otra parte, ojo con lo que advierte la Sra. Rosa María Palacios, según la cual Magaly Medina podría cumplir su sentencia, y salir a repetir la infamia sobre el futbolista. Para la Sra. Palacios, eso no sería punible, pues se trataría de la misma falta. Si bien es cierto que no se puede castigar a una persona dos veces por la misma falta, habría que ver si la reiteración de la declaración difamatoria sería considerada como una misma falta. Mirémoslo de esta forma: si un ladrón lo asaltó a usted la semana pasada, y hoy lo vuelve a asaltar, ¿ha cometido un delito ó dos? ¿es punible de un crimen ó dos? Y si ya fue procesado por el primer asalto, ¿no ha reincidido al cometer el segundo asalto? Pero, dejo el análisis jurídico, y pregunto si la sola declaración de la Sra. Palacios demuestra una intencionalidad por parte de algunos medios de abusar de la libertad de expresión - quizá no por parte de la Sra. Palacios, pero quizá de otros medios.

* * *

Según Perú 21, Andina de Televisión (ATV) perdería US$8 millones por concepto de publicidad durante los 5 meses de reclusión de Magaly Medina. Resulta preocupante entonces los repetidos ataques en ATV Noticias en contra del proceso a la conductora, la sentencia y contra la propia juez.

* * *

Debo congratular al Congresista Daniel Abugattás [PNP] por las declaraciones de ayer acerca de la necesidad de crear una comisión para investigar el "chuponeo" telefónico del que viene siendo víctima la sociedad peruana. No es la primera ni la única voz en expresarse sobre el tema. Ojalá le hagan caso.

1 comentario:

Anónimo dijo...

En Iquitos están denunciando corrupción donde involucran a Arturo Woodman y al alcalde de Iquitos, a través de un chuponeo.

http://delaselvasuwebon.blogspot.com/